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Acuerdo 1. Participación directa de la Alcaldesa o del Alcalde Local en los Comités Operativos Locales de Mujer y Equidad de Género (COLMYEG) presentando informe de cumplimiento del Pacto de Corresponsabilidad por los Derechos Humanos de las Mujeres, mínimo cuatro veces al año, con la participación de mujeres asistentes al COLMYEG, la Consejera Consultiva Territorial, la referente y la punto focal de mujeres de la Alcaldía.
Acuerdo 2. Incorporar los enfoques de la PPMyEG y lenguaje incluyente en todas las etapas de los proyectos de inversión local, con una línea base elaborada con información diagnóstica diferencial y actualizada, metas específicas de género e indicadores cualitativos y cuantitativos.
Acuerdo 3. Los operadores de proyectos deben cumplir con los criterios de viabilidad y elegibilidad definidos por la Secretaría Distrital de la Mujer, en relación con el conocimiento, experiencia y los enfoques de la PPMYEG.
Acuerdo 4. En los requisitos ponderables para la contratación de proyectos de inversión y presupuestos participativos, asignar un puntaje adicional a los operadores que establezcan uniones temporales con organizaciones de mujeres. Igualmente, a quienes en sus directivas y equipos de trabajo cumplan con la paridad de género, tengan protocolos de prevención y atención de violencias basadas en género.
Acuerdo 5. Las Alcaldías locales garantizarán el fortalecimiento logístico, administrativo, operativo y técnico de las organizaciones de mujeres de los territorios y establecerán estrategias efectivas para propiciar la participación en los procesos de contratación conforme a la PPMYEG.
Acuerdo 6. En los Comités Técnicos de seguimiento de los proyectos para las mujeres en las vigencias 2024 - 2028, las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a vincular con voz y voto a: una (1) delegada de los COLMYEG, (por cada uno de los conceptos de gasto) la delegada territorial del CCMB y una (1) representante designada por la SDMujer, haciendo claridad que, quienes estén vinculadas a los proyectos, no podrán hacer parte del comité de seguimiento.
Acuerdo 7. En la vigencia 2024 - 2028 las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a crear Mesas de Seguimiento a la formulación de los proyectos del sector mujeres y vincular con voz y voto a: una (1) delegada de los COLMYEG, la consultiva territorial del CCMB; y una (1) representante designada por la SDMujer. Las mesas deben estar presididas por la Secretaría Local de Planeación.
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Puntos de control
Acuerdo 1. Participación directa de la Alcaldesa o del Alcalde Local en los Comités Operativos Locales de Mujer y Equidad de Género
Acuerdo 1. Participación directa de la Alcaldesa o del Alcalde Local en los Comités Operativos Locales de Mujer y Equidad de Género (COLMYEG) presentando informe de cumplimiento del Pacto de Corresponsabilidad por los Derechos Humanos de las Mujeres, mínimo cuatro veces al año, con la participación de mujeres asistentes al COLMYEG, la Consejera Consultiva Territorial, la referenta y la punto focal de mujeres de la Alcaldía.
Acuerdo 2. Incorporar los enfoques de la PPMyEG y lenguaje incluyente
Acuerdo 2. Incorporar los enfoques de la PPMyEG y lenguaje incluyente en todas las etapas de los proyectos de inversión local, con una línea base elaborada con información diagnóstica diferencial y actualizada, metas específicas de género e indicadores cualitativos y cuantitativos.
Acuerdo 3. Los operadores de proyectos deben cumplir con los criterios de viabilidad y elegibilidad
Acuerdo 3. Los operadores de proyectos deben cumplir con los criterios de viabilidad y elegibilidad definidos por la Secretaría Distrital de la Mujer, en relación con el conocimiento, experiencia y los enfoques de la PPMYEG.
Acuerdo 4. En los requisitos ponderables para la contratación de proyectos de inversión y presupuestos participativos.
Acuerdo 4. En los requisitos ponderables para la contratación de proyectos de inversión y presupuestos participativos, asignar un puntaje adicional a los operadores que establezcan uniones temporales con organizaciones de mujeres. Igualmente, a quienes en sus directivas y equipos de trabajo cumplan con la paridad de género, tengan protocolos de prevención y atención de violencias basadas en género.
Acuerdo 5. Las Alcaldías locales garantizarán el fortalecimiento logístico, administrativo, operativo y técnico.
Acuerdo 5.Las Alcaldías locales garantizarán el fortalecimiento logístico, administrativo, operativo y técnico de las organizaciones de mujeres de los territorios y establecerán estrategias efectivas para propiciar la participación en los procesos de contratación conforme a la PPMYEG.
Acuerdo 6. Los Alcaldes locales se comprometen a vincular con voz y voto
Acuerdo 6. En los Comités Técnicos de seguimiento de los proyectos para las mujeres en las vigencias 2024 - 2028, las Alcaldesas y a: una (1) delegada de los COLMYEG, (por cada uno de los conceptos de gasto) la delegada territorial del CCMB y una (1) representante designada por la SDMujer, haciendo claridad que, quienes estén vinculadas a los proyectos, no podrán hacer parte del comité de seguimiento.
Acuerdo 7. Mesas de Seguimiento a la formulación de los proyectos del sector mujeres.
Acuerdo 7. En la vigencia 2024 - 2028 las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a crear Mesas de Seguimiento a la formulación de los proyectos del sector mujeres y vincular con voz y voto a: una (1) delegada de los COLMYEG, la consultiva territorial del CCMB; y una (1) representante designada por la SDMujer. Las mesas deben estar presididas por la Secretaría Local de Planeación.
https://gobiernobogota-my.sharepoint.com/:b:/g/personal/xiomara_taborda…
Acuerdo 1. Participación directa de la Alcaldesa o del Alcalde Local en los Comités Operativos Locales de Mujer y Equidad de Género (COLMYEG) presentando informe de cumplimiento del Pacto de Corresponsabilidad por los Derechos Humanos de las Mujeres, mínimo cuatro veces al año, con la participación de mujeres asistentes al COLMYEG, la Consejera Consultiva Territorial, la referente y la punto focal de mujeres de la Alcaldía.
Acuerdo 2. Incorporar los enfoques de la PPMyEG y lenguaje incluyente en todas las etapas de los proyectos de inversión local, con una línea base elaborada con información diagnóstica diferencial y actualizada, metas específicas de género e indicadores cualitativos y cuantitativos.
Acuerdo 3. Los operadores de proyectos deben cumplir con los criterios de viabilidad y elegibilidad definidos por la Secretaría Distrital de la Mujer, en relación con el conocimiento, experiencia y los enfoques de la PPMYEG.
Acuerdo 4. En los requisitos ponderables para la contratación de proyectos de inversión y presupuestos participativos, asignar un puntaje adicional a los operadores que establezcan uniones temporales con organizaciones de mujeres. Igualmente, a quienes en sus directivas y equipos de trabajo cumplan con la paridad de género, tengan protocolos de prevención y atención de violencias basadas en género.
Acuerdo 5. Las Alcaldías locales garantizarán el fortalecimiento logístico, administrativo, operativo y técnico de las organizaciones de mujeres de los territorios y establecerán estrategias efectivas para propiciar la participación en los procesos de contratación conforme a la PPMYEG.
Acuerdo 6. En los Comités Técnicos de seguimiento de los proyectos para las mujeres en las vigencias 2024 - 2028, las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a vincular con voz y voto a: una (1) delegada de los COLMYEG, (por cada uno de los conceptos de gasto) la delegada territorial del CCMB y una (1) representante designada por la SDMujer, haciendo claridad que, quienes estén vinculadas a los proyectos, no podrán hacer parte del comité de seguimiento.
Acuerdo 7. En la vigencia 2024 - 2028 las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a crear Mesas de Seguimiento a la formulación de los proyectos del sector mujeres y vincular con voz y voto a: una (1) delegada de los COLMYEG, la consultiva territorial del CCMB; y una (1) representante designada por la SDMujer. Las mesas deben estar presididas por la Secretaría Local de Planeación.