Pacto de Corresponsabilidad por los Derechos de las Mujeres de Bogotá entre Alcaldías Locales y el Espacio Autónomo del Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá (2024 - 2028)

1. Participación directa de la Alcaldesa o del Alcalde Local en los Comités Operativos Locales de Mujer y Equidad de Género (COLMYEG) o Consejos Locales de Mujeres (CLM) presentando informe de cumplimiento del Pacto de Corresponsabilidad por los Derechos Humanos de las Mujeres, minimo cuatro veces al año, con la participación de mujeres asistentes al COLMYEG, la Consejera Consultiva Territorial, la Profesional de Gestión Local de la SDMujer y la Punto Focal o Referente de Mujer y Género de las AlcaldTas Locales.
2. Incorporar los enfoques de la PPMYEG y lenguaje incluyente en todas las etapas de los proyectos de inversión local, con una línea base elaborada con información diagnóstica diferencial y actualizada, metas específicas de género e indicadores cualitativos y cuantitativos.
3. La Alcaldía Local incluirá en los documentos técnicos de los proyectos que los operadores cumplan con los criterios de viabilidad y elegibilidad definidos por la Secretarla Distrital de la Mujer, en relación con el conocimiento, experiencia y los enfoques d e la PPMYEG.
4. En los requisitos ponderables para la contratación de proyectos de inversión y presupuestos participativos, asignar un puntaje adicional a los operadores que establezcan uniones temporales con organizaciones de mujeres, asignar un puntaje adicional cuando estas organizaciones de mujeres sean de la localidad. lgualmente, a quienes incluyan en sus propuestas la incorporación de medidas afirmativas para la contratación mayoritaria de mujeres en sus equipos directivos y equipos de trabajo, tengan protocolos de prevención y atención de violencias basadas en género.
5. Las Alcaldías locales garantizarán el fortalecimiento loglstico, administrativo, operativo y técnico de las organizaciones de mujeres. formales e informales, con trabajo en el territorio y establecerán estrategias efectivas para la participación en los procesos de contratación conforme a la PPMYEG.
6. En los Comités Técnicos de seguimiento de los proyectos para las mujeres en las vigencias 2024 - 2028, las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a vincular con voz y voto a: una (1) representante designada por la SDMujer; una (1) delegada de los COLMYEG (por cada uno de los conceptos de gasto o según dinámica territorial); la consultiva territorial del CCMB o, en su ausencia, la consultiva delegada por la instancia. Ninguna delegada que esté vinculada contractualmente a los proyectos podrá hacer parte de este Comité.
7. En la vigencia 2024 -2028 las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a crear Mesas de Seguimiento a la formulación de los proyectos del sector mujeres y vincular con voz y voto a: una (1) delegada de los COLMYEG, la consultiva territorial del CCMB o, en su ausencia, la consultiva delegada por la instancia; y una (1) representante design ada por la SDMujer. Las mesas deben estar presididas por la Secretaría Local de Planeación.

Indicador Avance
Puntos de control: 1 de 1

100

100%

Cumplido
Puntos de control
2025 Mié Abr,30
AlcaldiaChapin…

Seguimiento 1

actualizado: 2025-04-30
Detalles Evidencias Comentario

1. Participación directa de la Alcaldesa o del Alcalde Local en los Comités Operativos Locales de Mujer y Equidad de Género (COLMYEG) o Consejos Locales de Mujeres (CLM) presentando informe de cumplimiento del Pacto de Corresponsabilidad por los Derechos Humanos de las Mujeres, minimo cuatro veces al año, con la participación de mujeres asistentes al COLMYEG, la Consejera Consultiva Territorial, la Profesional de Gestión Local de la SDMujer y la Punto Focal o Referente de Mujer y Género de las AlcaldTas Locales.
2. Incorporar los enfoques de la PPMYEG y lenguaje incluyente en todas las etapas de los proyectos de inversión local, con una línea base elaborada con información diagnóstica diferencial y actualizada, metas específicas de género e indicadores cualitativos y cuantitativos.
3. La Alcaldía Local incluirá en los documentos técnicos de los proyectos que los operadores cumplan con los criterios de viabilidad y elegibilidad definidos por la Secretarla Distrital de la Mujer, en relación con el conocimiento, experiencia y los enfoques d e la PPMYEG.
4. En los requisitos ponderables para la contratación de proyectos de inversión y presupuestos participativos, asignar un puntaje adicional a los operadores que establezcan uniones temporales con organizaciones de mujeres, asignar un puntaje adicional cuando estas organizaciones de mujeres sean de la localidad. lgualmente, a quienes incluyan en sus propuestas la incorporación de medidas afirmativas para la contratación mayoritaria de mujeres en sus equipos directivos y equipos de trabajo, tengan protocolos de prevención y atención de violencias basadas en género.
5. Las Alcaldías locales garantizarán el fortalecimiento loglstico, administrativo, operativo y técnico de las organizaciones de mujeres. formales e informales, con trabajo en el territorio y establecerán estrategias efectivas para la participación en los procesos de contratación conforme a la PPMYEG.
6. En los Comités Técnicos de seguimiento de los proyectos para las mujeres en las vigencias 2024 - 2028, las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a vincular con voz y voto a: una (1) representante designada por la SDMujer; una (1) delegada de los COLMYEG (por cada uno de los conceptos de gasto o según dinámica territorial); la consultiva territorial del CCMB o, en su ausencia, la consultiva delegada por la instancia. Ninguna delegada que esté vinculada contractualmente a los proyectos podrá hacer parte de este Comité.
7. En la vigencia 2024 -2028 las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a crear Mesas de Seguimiento a la formulación de los proyectos del sector mujeres y vincular con voz y voto a: una (1) delegada de los COLMYEG, la consultiva territorial del CCMB o, en su ausencia, la consultiva delegada por la instancia; y una (1) representante design ada por la SDMujer. Las mesas deben estar presididas por la Secretaría Local de Planeación.

Fecha de suscripción
Fecha máxima de cumplimiento
Tipo de Instancia
Instancia de participación ciudadana reglamentada
Nombre instancia o espacio de participación reglamentada
Consejo Consultivo de Mujeres
Localidad
Chapinero
Problemática o contexto
El Pacto de Corresponsabilidad por los Derechos de las Mujeres de Bogotá es un acuerdo entre el Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá
- Espacio Autónomo y Alcaldesas y Alcaldes locales para posicionar los derechos humanos de las mujeres en la gestión local y en la implementación de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género (PPMYEG) en los territorios. Con los siete compromisos, se promueve un encuentro de voluntades para transversalizar los enfoques de la PPMYEG (derechos humanos de las mujeres, género, poblacional- diferencial, territorial y ambiental) en los planes y proyectos locales y aumentar la participación de las mujeres y organizaciones de mujeres, representadas por el CCMB, en su formulación, implementación y evaluación.
Solicitud
Los Alcaldes y Alcaldesas firmantes se comprometen a implementar los siguientes compromisos durante su período de Gobierno y las Consejeras Consultivas a hacer seguimiento a la implementación local. La Secretaria Distrital de la Mujer en su rol de Secret ar(a Técnica del Consejo Consultivo de Mujeres de Bogotá y como ente rector del Sector Mujeres tiene a su cargo asesorar técnicamente, promover articulaoones y hacer seguimiento para la adecuada implementación:
Origen de la solicitud
Ciudadanía
Valoración acogida
Temas
Mujeres y género
Acta o formato de suscripción de compromisos
42349