La Administración Distrital expidió el Decreto No. 189 de 2020, en el cual se impuso la obligación de desarrollar un protocolo de protección a la identidad de quién denuncie actos de corrupción.
En específico en el artículo 13 de la señalada norma se dispuso que conjuntamente la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y la Secretaría Jurídica Distrital “desarrollarán un protocolo de protección de la identidad del denunciante que mejore la confianza de la ciudadanía para realizar denuncias de posibles actos de corrupción, existencia de inhabilidades, incompatibilidades o conflictos de intereses, el cual será adoptado por todas las entidades, instituciones, organismos y empresas que administren o gerencien recursos públicos distritales.
Por tanto, en este momento conjuntamente las secretarías en mención se encuentran desarrollando un proyecto de reforma a la Directiva Distrital No. 015 de 2015, en donde precisamente se desarrollará este protocolo en específico y se acogerán todas las medidas posibles y necesarias para que la identidad de los denunciantes pueda ser protegida en debida forma.
Así, una vez sea expedida las nuevas directrices sobre actos de corrupción se socializará con los operadores disciplinarios del distrito.
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Puntos de control
Expedir una directriz sobre actos de corrupción
Expedir desde la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría Jurídica Distrital, una directriz sobre actos de corrupción.
Socializar la directriz expedida sobre actos de corrupción con los operadores disciplinarios del Distrito Capital
Socializar la directriz expedida sobre actos de corrupción con los operadores disciplinarios del Distrito Capital en mesas de trabajo presenciales o virtuales que lidere la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la Secretaría Jurídica Distrital.
La Administración Distrital expidió el Decreto No. 189 de 2020, en el cual se impuso la obligación de desarrollar un protocolo de protección a la identidad de quién denuncie actos de corrupción.
En específico en el artículo 13 de la señalada norma se dispuso que conjuntamente la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y la Secretaría Jurídica Distrital “desarrollarán un protocolo de protección de la identidad del denunciante que mejore la confianza de la ciudadanía para realizar denuncias de posibles actos de corrupción, existencia de inhabilidades, incompatibilidades o conflictos de intereses, el cual será adoptado por todas las entidades, instituciones, organismos y empresas que administren o gerencien recursos públicos distritales.
Por tanto, en este momento conjuntamente las secretarías en mención se encuentran desarrollando un proyecto de reforma a la Directiva Distrital No. 015 de 2015, en donde precisamente se desarrollará este protocolo en específico y se acogerán todas las medidas posibles y necesarias para que la identidad de los denunciantes pueda ser protegida en debida forma.
Así, una vez sea expedida las nuevas directrices sobre actos de corrupción se socializará con los operadores disciplinarios del distrito.