Se requiere la articulación de la Instancia de participación de las Mujeres de Puente Aranda, con el Alcalde Local, para dar cumplimiento a los SIETE (7) compromisos firmados en el Pacto de Corresponsabilidad de Alcaldesas y Alcaldes Locales con las Mujeres de Bogotá. 1. Participación directa de la Alcaldesa o del Alcalde Local en los Comités Operativos Locales de Mujer y Equidad de Género (COLMYEG) o Consejos Locales de Mujeres (CLM) presentando informe de cumplimiento del Pacto de Corresponsabilidad por los Derechos Humanos de las Mujeres, mínimo cuatro veces al año, con la participación de mujeres asistentes al COLMYEG, la Consejera Consultiva Territorial, la profesional de Gestión Local de la Mujer y la Punto Focal o Referente de mujer y Género de la Alcaldía Local
2. Incorporar los enfoques de la PPMYEG y lenguaje incluyente en todas las etapas de los proyectos de inversión local, con una línea base elaborada con información diagnóstica diferencial y actualizada, metas específicas de género e indicadores cualitativos y cuantitativos.
3. La Alcaldía Local incluirá en los documentos técnicos de los proyectos que los operadores cumplan con los criterios de viabilidad y elegibilidad definidos por la Secretaría Distrital de la Mujer, en relación con el conocimiento, experiencia y los enfoques de la PPMYEG.
4. En los requisitos ponderables para la contratación de proyectos de inversión y presupuestos participativos, asignar un puntaje adicional a los operadores que establezcan uniones temporales con organizaciones de mujeres, asignar un puntaje adicional cuando estas organizaciones de mujeres sean de la localidad. Igualmente, a quienes incluyan en sus propuestas la incorporación de medidas afirmativas para la contratación mayoritaria de mujeres en sus equipos directivos y equipos de trabajo, tengan protocolos de prevención y atención de violencias basadas en género.
5. Las Alcaldías locales garantizarán el fortalecimiento logístico, administrativo, operativo y técnico de las organizaciones de mujeres formales e informales, con trabajo en el territorio y establecerán estrategias efectivas para la participación en los procesos de contratación conforme a la PPMYEG.
6. En los Comités Técnicos de seguimiento de los proyectos para las mujeres en las vigencias 2024 - 2028, las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a vincular con voz y voto a: una (1) representante designada por la SdMujer; una (1) delegada de los COLMYEG, (por cada uno de los conceptos de gasto o según); la consultiva territorial del CCMB o, en su ausencia, la consultiva delegada por la instancia. Ninguna delegada que esté vinculada contractualmente a los proyectos podrá hacer parte de este comité.
7. En la vigencia 2024 – 2028 las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a crear Mesa de Seguimiento a la formulación de los proyectos del sector mujeres y vincular con voz y voto a: una (1) delegada de los COLMYEG, la consultiva territorial del CCMB o en su ausencia la consultiva delegada por la instancia; y una (1) representante designada por la SDMujer. Las mesas deben estar presididas por la Secretaría Local de Planeación.
100
100%
Puntos de control
participacion del Alcalde Local en propiedad en el Consejo Local de Mujeres
1. Participación directa de la Alcaldesa o del Alcalde Local en los Comités Operativos Locales de Mujer y Equidad de Género (COLMYEG) o Consejos Locales de Mujeres (CLM) presentando informe de cumplimiento del Pacto de Corresponsabilidad por los Derechos Humanos de las Mujeres, mínimo cuatro veces al año, con la participación de mujeres asistentes al COLMYEG, la Consejera Consultiva Territorial, la profesional de Gestión Local de la Mujer y la Punto Focal o Referente de mujer y Género de la Alcaldía Local
Incorporar los enfoques de la PPMYEG y lenguaje incluyente en todas las etapas de los proyectos de inversión local
2. Incorporar los enfoques de la PPMYEG y lenguaje incluyente en todas las etapas de los proyectos de inversión local, con una línea base elaborada con información diagnóstica diferencial y actualizada, metas específicas de género e indicadores cualitativos y cuantitativos.
La Alcaldía Local incluirá en los documentos técnicos de los proyectos que los operadores cumplan con los criterios de viabilidad
3. La Alcaldía Local incluirá en los documentos técnicos de los proyectos que los operadores cumplan con los criterios de viabilidad y elegibilidad definidos por la Secretaría Distrital de la Mujer, en relación con el conocimiento, experiencia y los enfoques de la PPMYEG.
Asignar un puntaje adicional a los operadores que establezcan uniones temporales con organizaciones de mujeres
4. En los requisitos ponderables para la contratación de proyectos de inversión y presupuestos participativos, asignar un puntaje adicional a los operadores que establezcan uniones temporales con organizaciones de mujeres, asignar un puntaje adicional cuando estas organizaciones de mujeres sean de la localidad. Igualmente, a quienes incluyan en sus propuestas la incorporación de medidas afirmativas para la contratación mayoritaria de mujeres en sus equipos directivos y equipos de trabajo, tengan protocolos de prevención y atención de violencias basadas en género.
Las Alcaldías locales garantizarán el fortalecimiento logístico, administrativo, operativo y técnico de las organizaciones de mu
5. Las Alcaldías locales garantizarán el fortalecimiento logístico, administrativo, operativo y técnico de las organizaciones de mujeres formales e informales, con trabajo en el territorio y establecerán estrategias efectivas para la participación en los procesos de contratación conforme a la PPMYEG
Las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a vincular con voz y voto a: una (1) representante designada por la SdMujer; una (1) delegada de los COLMYEG, (por cada uno de los conceptos de gasto
6. En los Comités Técnicos de seguimiento de los proyectos para las mujeres en las vigencias 2024 - 2028, Las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a vincular con voz y voto a: una (1) representante designada por la SdMujer; una (1) delegada de los COLMYEG, (por cada uno de los conceptos de gasto o según); la consultiva territorial del CCMB o, en su ausencia, la consultiva delegada por la instancia. Ninguna delegada que esté vinculada contractualmente a los proyectos podrá hacer parte de este comité.
En la vigencia 2024 – 2028 las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a crear Mesa de Seguimiento a la formulación de
En la vigencia 2024 – 2028 las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a crear Mesa de Seguimiento a la formulación de los proyectos del sector mujeres y vincular con voz y voto a: una (1) delegada de los COLMYEG, la consultiva territorial del CCMB o en su ausencia la consultiva delegada por la instancia; y una (1) representante designada por la SDMujer. Las mesas deben estar presididas por la Secretaría Local de Planeación.
Se requiere la articulación de la Instancia de participación de las Mujeres de Puente Aranda, con el Alcalde Local, para dar cumplimiento a los SIETE (7) compromisos firmados en el Pacto de Corresponsabilidad de Alcaldesas y Alcaldes Locales con las Mujeres de Bogotá. 1. Participación directa de la Alcaldesa o del Alcalde Local en los Comités Operativos Locales de Mujer y Equidad de Género (COLMYEG) o Consejos Locales de Mujeres (CLM) presentando informe de cumplimiento del Pacto de Corresponsabilidad por los Derechos Humanos de las Mujeres, mínimo cuatro veces al año, con la participación de mujeres asistentes al COLMYEG, la Consejera Consultiva Territorial, la profesional de Gestión Local de la Mujer y la Punto Focal o Referente de mujer y Género de la Alcaldía Local
2. Incorporar los enfoques de la PPMYEG y lenguaje incluyente en todas las etapas de los proyectos de inversión local, con una línea base elaborada con información diagnóstica diferencial y actualizada, metas específicas de género e indicadores cualitativos y cuantitativos.
3. La Alcaldía Local incluirá en los documentos técnicos de los proyectos que los operadores cumplan con los criterios de viabilidad y elegibilidad definidos por la Secretaría Distrital de la Mujer, en relación con el conocimiento, experiencia y los enfoques de la PPMYEG.
4. En los requisitos ponderables para la contratación de proyectos de inversión y presupuestos participativos, asignar un puntaje adicional a los operadores que establezcan uniones temporales con organizaciones de mujeres, asignar un puntaje adicional cuando estas organizaciones de mujeres sean de la localidad. Igualmente, a quienes incluyan en sus propuestas la incorporación de medidas afirmativas para la contratación mayoritaria de mujeres en sus equipos directivos y equipos de trabajo, tengan protocolos de prevención y atención de violencias basadas en género.
5. Las Alcaldías locales garantizarán el fortalecimiento logístico, administrativo, operativo y técnico de las organizaciones de mujeres formales e informales, con trabajo en el territorio y establecerán estrategias efectivas para la participación en los procesos de contratación conforme a la PPMYEG.
6. En los Comités Técnicos de seguimiento de los proyectos para las mujeres en las vigencias 2024 - 2028, las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a vincular con voz y voto a: una (1) representante designada por la SdMujer; una (1) delegada de los COLMYEG, (por cada uno de los conceptos de gasto o según); la consultiva territorial del CCMB o, en su ausencia, la consultiva delegada por la instancia. Ninguna delegada que esté vinculada contractualmente a los proyectos podrá hacer parte de este comité.
7. En la vigencia 2024 – 2028 las Alcaldesas y los Alcaldes locales se comprometen a crear Mesa de Seguimiento a la formulación de los proyectos del sector mujeres y vincular con voz y voto a: una (1) delegada de los COLMYEG, la consultiva territorial del CCMB o en su ausencia la consultiva delegada por la instancia; y una (1) representante designada por la SDMujer. Las mesas deben estar presididas por la Secretaría Local de Planeación.