ASIGNACIÓN DE PUNTAJE ADICIONAL A OPERADORES QUE ESTABLEZCAN UNIONES TEMPORALES CON ORGANIZACIONES DE MUJERES

Conforme con lo establecido en la Ley 2069 de 2020 “Por medio de la cual se impulsa el emprendimiento en Colombia”, artículo 32 “Criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres en el sistema de compras públicas” en el que se indica: “Ley 2069 de 2020. Artículo 32 “Criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres en el sistema de compras públicas. De acuerdo con el resultado del análisis del sector, las entidades estatales incluirán requisitos diferenciales y puntajes adicionales en los procesos de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y concurso de méritos, así como en los procesos competitivos que adelanten las entidades estatales que no apliquen en su gestión contractual el Estatuto General de Contratación Administrativa, como medidas de acción afirmativa, para incentivar emprendimientos y empresas de mujeres en el sistema de compras públicas, sin perjuicio de los compromisos adquiridos por Colombia en los acuerdos comerciales en vigor. (…)”

Indicador Avance
Puntos de control: 1 de 1

100

100%

Cumplido
Puntos de control
2025 Mié Mayo,07
AlcaldiaKennedyComp

FORMATO ESTUDIOS PREVIOS - LICITACIÓN PÚBLICA

En los contratos adjudicados mediante proceso de licitación pública, en la vigencia 2024, se estableció lo siguiente:
PUNTAJE ADICIONAL POR PARTICIPACIÓN DE EMPRESAS DE MUJERES O EMPRENDIMIENTOS DE MUJERES EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL (DECRETO 1860 DE 2021) (0,25 PUNTOS)

actualizado: 2025-05-07
Detalles Evidencias Comentario

Conforme con lo establecido en la Ley 2069 de 2020 “Por medio de la cual se impulsa el emprendimiento en Colombia”, artículo 32 “Criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres en el sistema de compras públicas” en el que se indica: “Ley 2069 de 2020. Artículo 32 “Criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres en el sistema de compras públicas. De acuerdo con el resultado del análisis del sector, las entidades estatales incluirán requisitos diferenciales y puntajes adicionales en los procesos de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y concurso de méritos, así como en los procesos competitivos que adelanten las entidades estatales que no apliquen en su gestión contractual el Estatuto General de Contratación Administrativa, como medidas de acción afirmativa, para incentivar emprendimientos y empresas de mujeres en el sistema de compras públicas, sin perjuicio de los compromisos adquiridos por Colombia en los acuerdos comerciales en vigor. (…)”

Fecha de suscripción
Fecha máxima de cumplimiento
Tipo de Instancia
Instancia de participación ciudadana reglamentada
Nombre instancia o espacio de participación reglamentada
Consejo Consultivo de Mujeres
Localidad
Kennedy
Problemática o contexto
PARTICIPACIÓN EQUITATIVA DE LAS MUJERES EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
Solicitud
En los requisitos ponderables para la contratación de proyectos de inversión y presupuestos participativos, asignar un puntaje adicional a los operadores que establezcan uniones temporales con organizaciones de mujeres. Igualmente, a quienes en sus directivas y equipos de trabajo cumplan con la paridad de género, tengan protocolos de prevención y atención de violencias basadas en género
Origen de la solicitud
Ciudadanía
Valoración acogida
Temas
Mujeres y género
Acta o formato de suscripción de compromisos

4.6187979795871, -74.158350718255

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